¿Cuáles son las Bases Legales?.
¿Qué es la Regularización?:
¿Cuál es la forma en que se realiza la postulación?.
¿Quienes pueden regularizarse?
¿Qué se otorga al solicitante, mientras se encuentre en trámite la regularización?.
¿Qué se otorgará en caso de que considere acoger la solicitud?.
¿Cuál es el costo del trámite de la Regularización?.
¿Qué documentos se deben anexar en el momento de la postulación de regularización?.
¿En caso de ser rechazada la solicitud de regularización, qué se podrá interponer para defender los derechos del solicitante?.
¿Qué pasa si el extranjero ingresó por un paso no habilitado/ingreso clandestino?.
¿Qué viene después de realizada la Regularización en el Sistema?.
¿Cuáles son los efectos de este procedimiento?.
Resolución exenta N° 1.965, de 9 de abril de 2018, de la Subsecretaría del Interior, se dispuso proceso de regularización extraordinaria de permanencia en el país a extranjeros que se indican en la parte resolutiva del citado acto administrativo.
La Ley 21.325 dispuso en su artículo octavo transitorio vigente, lo siguiente:
“Los extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos habilitados con anterioridad al 18 de marzo de 2020 y se encuentren en situación migratoria irregular podrán, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la publicación de la presente ley, solicitar un visado de residencia temporal sin ser sancionados administrativamente. Se otorgará el visado solicitado a todos aquellos que no tengan antecedentes penales. Una vez ingresada la solicitud, se les concederá un permiso temporal para la realización de actividades remuneradas durante el tiempo que demore su tramitación”.
Resolución exenta N° 1769, de fecha 20 de abril de 2021, de la Subsecretaría del Interior, publicó las directrices generales sobre el proceso de regularización extraordinaria de permanencia en el país a extranjeros que se indican en la parte resolutiva del citado acto administrativo.
Dictamen de la Contraloría General de la República, de fecha 15 de octubre de 2021 se pronunció respecto a los lapsos de vigencia del proceso, en el cual aclaró que los 180 días dispuestos en dicha Ley se deben contar como días hábiles.
¿Qué es la Regularización?:
Es el proceso extraordinario mediante el cual un extranjero que haya ingresado a Chile por pasos habilitados antes del 18 de marzo de 2020, podrá realizar, a los fines de ponerse a derecho y hacer una nueva solicitud de visa con calidad de temporaria, ante la autoridad competente, independientemente del tipo de visa que hubiere solicitado o no, y que por diversas circunstancias no logró continuar con el procedimiento establecido, encontrándose por ente en situación irregular.
Este proceso inició el 20 de abril de 2021, y tiene una vigencia de 180 días hábiles, dispuesto en el artículo transitorio octavo de la Ley N° 21.325 de Migración, publicada en el Diario Oficial en fecha 20 de abril de 2021, en concordancia con la Resolución Núm. 1.769 Exenta, de fecha 20 de abril de 2021.
Cabe destacar que la regularización cuenta con condiciones específicas para poder optar a su postulación, entre ellas se encuentran:
Que la persona extranjera haya ingresado a Chile antes del 18 de marzo de 2020 por pasos habilitados.
Que las personas se encuentren en calidad de irregular al momento de la postulación, es decir, que no cuenten con el beneficio de visa activo, por uno u otro motivo, como, por ejemplo:
Quienes tengan el beneficio de visa vencido.
Que tenga un rechazo de la solicitud de visa.
A quienes tenían una solicitud en trámite y les correspondían subsanar y no lo realizaron dentro de los 5 días, o que, habiéndolo realizado dentro del plazo, no adjuntaron un documento o lo hicieron de forma errada.
Los que no realizaron la prórroga de su visa cuando les correspondía.
Quienes, teniendo Visa sujeta a Contrato, cambiaron de empleador o finiquitaron su contrato y no lo notificaron a la autoridad competente.
Quienes se encuentren trabajando sin el permiso correspondiente.
Que no tengan antecedentes penales, ni en su país de origen ni en el territorio nacional.
Que no cuenten con alguna sanción, sea administrativa o judicial, vinculada a la normativa de extranjería vigente para este proceso (entiéndase la expulsión dictada por la autoridad administrativa; o la orden de abandono del territorio nacional por razones relacionadas a crímenes o simples delitos, sea en Chile o en su país de origen).
¿Cuál es el medio por donde podrás realizar la postulación?
Mediante el portal de tramites.extranjeria.gob.cl, ingresando a la opción “Regularización Migratoria 2021”.
El período de postulación es de 180 días, a contar del 20/04/2021, siendo ésta la fecha de publicación de la Ley 21.325.
¿Qué se otorga al solicitante, mientras se encuentre en trámite la regularización?
La autoridad competente revisará y analizará cada solicitud, estando facultada para rechazarla o acogerla, en cualquiera de los casos, mientras dure el trámite, la autoridad competente otorgará al solicitante lo siguiente:
Permiso de trabajo, el cual se mantendrá vigente en caso de otorgarse la visa, y se revocará si la solicitud de regularización es rechazada.
Declarará y notificará al solicitante el desistimiento de solicitudes o recursos anteriores realizados por el solicitante.
¿Qué se otorgará en caso de que considere acoger la solicitud?
Visa Temporaria en calidad de titular, con una duración de un (1) año.
¿Cuál es el costo del trámite de la Regularización?
Para mayores de 18 años es de 90 dólares estadounidenses, equivalentes en pesos chilenos.
Los menores de edad quedan excluidos del pago por dicho trámite.
¿Qué documentos se deben anexar en el momento de la postulación de regularización?
Para los mayores de 18 años:
Certificado de antecedentes del país de origen vigente al momento de postular (legalizado o apostillado según corresponda).
Pasaporte vigente al momento de postular (*) o Título de Residencia. Ver Vigencia del Pasaporte Venezolano: La Resolución Exenta Núm. 395 de fecha 2 de febrero de 2021, que modifica la Resolución Exenta N°2087, de fecha 22-04-2019, deja establecido que el término de vigencia de dichos documentos de análoga naturaleza será de 4 años a partir de la publicación del acto administrativo", por tanto, se considera que los pasaportes emitidos desde el 2013,
Tarjeta de Turismo o Estampado de la última Visa.
(*) En el caso de Venezuela se aceptan pasaportes vencidos emitidos desde 2013 en adelante.
Para menores de 18 años:
Pasaporte vigente al momento de postular (*) o Título de Residencia.
Certificado de nacimiento (legalizado o apostillado según corresponda).
Declaración jurada de cuidado de expensas o tutoría del menor (notariada).
Tarjeta de Turismo o Estampado de la última Visa.
(*) En el caso de Venezuela se aceptan pasaportes vencidos emitidos desde 2013 en adelante.
¿En caso de ser rechazada la solicitud de regularización, qué se podrá interponer para defender los derechos del solicitante?
Dependiendo del motivo de la decisión, se podrán interponer los recursos siguientes:
Recurso de Reposición, se interpondrá dentro del plazo de cinco (5) días ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna.
Recurso Jerárquico, se podrá interponer subsidiariamente al Recurso de Reposición o posterior en caso de rechazo total o parcial, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, ante el superior Jerárquico.
Recursos de Protección, se interpondrá dentro del plazo de treinta (30) días, ante la Corte de Apelaciones.
¿Qué pasa si el extranjero ingresó por un paso no habilitado/ingreso clandestino?
No podrá postular para obtener la visa temporaria en este proceso, ni acceder al permiso de trabajo asociado. Sin embargo, si desea salir del país, podrá hacerlo en los 180 días que dura el proceso, sin sanción migratoria, siempre y cuando no tenga antecedentes penales en Chile ni medidas de arraigo judicial.
Estos supuestos, serán corroborados por Policía de Investigaciones de Chile al momento de su salida del territorio nacional.
¿Qué viene después de realizada la Regularización en el Sistema?
Si la solicitud de regularización migratoria es aprobada, se recibe un correo electrónico del Departamento de Extranjería comunicando, que se adjuntará copia de la Resolución Exenta, a través de la cual se regulariza la situación migratoria en Chile y se otorga Visa de Residente Temporaria.
Dentro de los 30 días siguientes al recibido de la Resolución, se descarga el estampado electrónico. En la página https://tramites.extranjeria.gob.cl/
Al seleccionar el trámite “Estampado Electrónico” en el portal tramites.extranjeria.gob.cl, se deberán ingresar los siguientes datos para identificar a la persona y activar el documento:
1- Número de pasaporte o DNI
2- País de otorgamiento
3- Fecha de nacimiento
4- Sexo
5- Teléfono celular
6- Correo electrónico
7- Comuna de residencia
8- Imagen escaneada de hoja de identificación del pasaporte
Dentro de los 30 días siguientes a la descarga del estampado electrónico, se procede al Registro de la Visa en la página web de la PDI, en caso de que la visa sea por primera vez. https://pdivirtual.cerofilas.gob.cl/ se obtendrá primeramente el Certificado de Registro de Visa emitido por PDI, para luego concurrir al Registro Civil.
Dentro de los 30 días siguientes a la descarga del estampado electrónico, se realiza solicitud de la cédula en el Registro Social. En caso de que se tuviera que registrar la Visa en la PDI, por ser la primera vez,
¿Cuáles son los efectos de este procedimiento?
Se deja sin efecto las resoluciones que ordene el abandono del país.
Se tiene 1 año para poder tener las condiciones para obtener la Residencia Definitiva.
No se pagan multas ni sanciones.
Elaborado por: Magly Magliacane
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