Antes de proceder a la apostilla del documento, se deben certificar y legalizar dependiendo de la institución que lo emitió:
Documentos
“Civiles”, tales como:
a.
Partidas de nacimiento.
b.
Actas de matrimonio.
c.
Actas de defunción.
d.
Carta de soltería.
Dichos documentos deben estar certificados con firma y sello por la institución que los emitió y luego pasar por
el Registro Principal del estado donde fue emitido para su legalización.
Documentos
de Educación Primaria o Media, tales como:
a.
Título.
b.
Fondos negros.
c.
Notas certificadas.
d.
Actas de Promoción.
e.
Cursos.
f.
Entre otros.
Dichos documentos deben estar certificados con firma y sellos por la institución que los emitió y luego pasan por la Zona
Educativa (ZE) correspondiente al estado donde se encuentra el plantel. Las
notas deben solicitarlas actualizadas en el plantel educativo del cual
egresaron; si éste está cerrado, se solicitan directamente en la ZE. No pasan
por el Ministerio de Educación.
3
Documentos
de “Universidades Privadas”, tales como:
a.
Títulos pergamino.
Este tipo de documento va directo
al trámite de apostilla. Debe estar registrado.
4
Documentos
de “Universidades Públicas”, tales como:
a.
Títulos pergamino.
Este tipo de documento pasa antes
de la apostilla por Gestión de Trámites Universitarios (GTU). Para ello deben
tener cita electrónica.
5 Documentos de “Educación Universitaria”, tales como:
a.
Pensum.
b.
Notas certificadas.
c.
Programas.
d.
Fondos negros.
e.
Acta de Grado.
Estos documentos deben estar certificados con firma y sellos por la institución que los emitió, sean de
universidad pública o privada y luego pasan por GTU en Caracas, antes de la
apostilla.
Notas Importantes:
- Todos los documentos deben estar firmados por la máxima autoridad de la institución de la cual egresó, actualizado y con sello donde se indique la fecha.
- Para los cursos y diplomados que no estén avalados por el Ministerio de Educación, antes de apostillar, se debe redactar un documento denominado Declaración Jurada, elaborado y visado por un abogado, anexar documentos originales, autenticar en Notaría y legalizarlo ante el Registro Principal.
- Los documentos dirigidos a países que no están dentro del Convenio de La Haya, son legalizados. Luego de eso, deberá dirigirse al consulado o embajada correspondiente para validarlos.
Para cualquier información adicional puede realizar consulta por cualquiera de nuestras redes sociales, donde lo atenderán nuestros abogados especializados en las distintas áreas del Derecho.
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