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jueves, 27 de enero de 2022

Consecuencias Legales de entrar por Pasos No Habilitados en Chile | Pasos a seguir para ponerse a Derecho.

Por Magly Magliacane


Muchos entendemos y somos conscientes por experiencia propia, lo que se vive desde hace años en Venezuela, sin embargo, para emigrar a otro país es necesario hacerlo de forma planificada, ordenada y legal, de lo contrario puede ser perjudicial para la vida de quien lo intenta.


En Chile existen normas y procedimientos que se deben cumplir, y para aquellas personas que deseen solicitar su residencia, sea temporal o permanente, existen reglas y condiciones a seguir. 


Para algunas nacionalidades, entre las cuales se encuentra la venezolana, es requisito indispensable contar con una Visa Consular para poder ingresar al país, debiendo dar cumplimiento a las condiciones y requisitos que se exigen, y en caso de ser otorgada dicha visa, el ingreso será siempre por pasos habilitados.


Las personas que ingresan por pasos No Habilitados incurren en delito, cuyas sanciones se encuentran regulados en el Decreto Ley 1.094 y su Reglamento 597, en  su artículo 69, lo cual se sanciona con pena de presidio.


Artículo 69 .- Los extranjeros que ingresen al país o intenten egresar de él clandestinamente, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado máximo.


Es importante destacar además, que quien ingresa clandestinamente no tiene sello legal de ingreso, ni tarjeta única de turismo, siendo éste un requisito indispensable para solicitar residencia en Chile, y por ende obtener permiso de trabajo y realizar cualquier actividad lícita dentro del país.


Esta situación se puede atenuar, debiendo la persona ponerse a derecho ante la Policía de Investigaciones (PDI).


Si te interesa éste tema, solicita la GUÍA DEL PASO A PASO PARA PONERSE A DERECHO | CONSECUENCIAS DE INGRESAR POR PASOS NO HABILITADOS A CHILE. Entra a este Link


En caso de requerir nuestros servicios estamos completamente a la orden. Para ello contamos con un equipo de abogados expertos en el tema.


Elaborado por: Magly Magliacane


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jueves, 9 de diciembre de 2021

Migración | Visas Consulares para Residir en Chile.





Los extranjeros que deseen ingresar al país, según su nacionalidad, deben solicitar previamente una visa de acuerdo a sus motivos de ingreso a Chile. Para realizar la solicitud se requiere contar con los documentos descritos en cada una de las visas. 

Consideraciones Generales:

  • La Visa que se otorga es Temporaria, y se efectúa a aquellos extranjeros que acrediten tener vínculos de familia o intereses en el país y cuya residencia se estime útil y conveniente. 
  • En términos generales permite realizar en Chile cualquier actividad, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes. 
  • Se expide por un período máximo de un año, renovable hasta completar dos años, al término del cual el extranjero deberá solicitar la Permanencia Definitiva o abandonar el país.

Tipos de Visas disponibles en el sistema:

Sin Vínculo Familiar


1. Visa Temporaria Titular. 

Los requisitos y condiciones se encuentran contenidos en el numeral 2), relacionados al Interés en el país. Acá adjuntamos el Link donde encontraras los requisitos y condiciones visa-de-residente-temporario.

2. Visa de Residente Estudiante:

3. Visa de Residente Sujeta a Contrato. Los requisitos y condiciones se encuentran contenidos en el presente Link  visa-de-residente-sujeta-a-contrato



Con Vínculo Familiar

1. Visa Temporaria Titular. 

Los requisitos y condiciones se encuentran contenidos en el numeral 1) relacionado con el vínculo familiar.  Acá adjuntamos el Link donde encontraras los requisitos y condiciones visa-de-residente-temporario.

2. Visa de Responsabilidad Democrática (Especial para nacionalidad venezolana).

Los requisitos y condiciones se encuentran contenidos en el presente Link VRD


Notas Importantes:

1. Se puede postular por cualquiera de las visas con pasaporte emitido desde el año 2013, sin importar su fecha de vencimiento.

2. Se debe tener en cuenta las condiciones y requisitos Sanitarios necesarios para ingresar a Chile. Requisitos Sanitarios

3. Recuerden que mientras más demuestran el sustento económico en Chile mejor.


Ver artículos relacionados con los modelos de cartas:


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viernes, 19 de noviembre de 2021

Migración | Premisas del cierre masivo de VRD según pronunciamiento de la Contraloría General de la República | Chile.


La Contraloría General de la República de Chile, tomó como fundamento en este pronunciamiento Nº E152890 / 2021, los criterios esgrimidos por la sede jurisdiccional, y se pronunció respecto al cierre masivo de Visas de Responsabilidad Democrática (VRD), decidido el 11 de noviembre de 2020 por el Consulado en Venezuela, en respuesta a las solicitudes realizadas por las ONG y particulares afectados por los trámites administrativos migratorios


Como es sabido, al pasar más de 1 año de incertidumbre desde el momento del cierre masivo hasta el pronunciamiento de la Contraloría General de la República, los administrados afectados por esta decisión (extranjeros), se vieron envueltos en situaciones complejas que llevaron a muchos, a accionar por diferentes vías la continuidad de su solicitud, y en otros casos, a simplemente rendirse en el proceso. 


Es así como hoy día se pueden evidenciar algunas premisas en las cuales se encuentran envueltas las personas afectadas luego del cierre masivo, siendo unas de ellas las que a continuación se relacionan: 

PREMISAS.

Las que pueden aplicar por revisión y nueva decisión:

  1. Solicitudes iniciadas.
  2. Solicitudes iniciadas, con subsanación de documentos.
  3. Solicitudes iniciadas con citas asignadas y luego anuladas.
  4. Solicitudes iniciadas con cita asignadas, realizado pago y luego anuladas.
  5. Visas estampadas sin retiro y posteriormente anuladas.
  6. Entre otras. 

Independientemente de estas premisas, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar sus actos y pronunciarse nuevamente al respecto, ajustado a derecho y al debido proceso. Inclusive aún cuando el administrado (extranjero) hubiere realizado cualquiera de estas posibles acciones:

  1. Solicitud de nueva cita.
  2. Interposición de Recursos de Amparos: En trámite, admitidos o no.
  3. Envío de sobres de la solicitud con recaudos nuevamente a Teatinos.
  4. Sin envíos de sobres.
  5. Personas que entraron a Chile por pasos No Habilitados.

Cabe realizar una acotación especial referida al procedimiento que deben realizar las Personas que entran en Chile por pasos No Habilitados, a quienes se recomiendan seguir las pautas establecidas en la Ley 21.325, artículo transitorio octavo, que dispone lo siguiente:


“Artículo Octavo Transitorio:… Se autoriza el egreso del territorio nacional de aquellos extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos no habilitados, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la publicación de la presente ley, sin que se les aplique sanción ni prohibición de ingreso al país. Tales extranjeros, de forma posterior a su egreso, podrán ingresar al país o solicitar residencia temporal, según corresponda, conforme a la normativa aplicable ”.

En este sentido, la persona que realiza el procedimiento de abandono voluntario, podrá ingresar nuevamente a Chile, siempre y cuando cumpla con las condiciones y requisitos de solicitud de VRD, según lo antes expuesto y sea aprobada su Visa. 

Para finalizar, consideramos como opciones que tienen los afectados del cierre masivo, las siguientes:

  1. Esperar a que el Ministerio de Relaciones Exteriores realice de oficio la revisión de las actuaciones correspondientes al caso específico de cierre masivo decidido en fecha 11 de noviembre de 2020. 
  2. Accionar con Recurso de Amparo ante la Corte de Apelaciones.
     

En estos 2 casos se deben mantener las mismas condiciones que se ofrecieron en el momento de la solicitud.

  1. Realizar nueva solicitud de visas consulares, actualmente en el sistema, según el motivo y las condiciones específicas de cada solicitante.

Es decir, (i) vínculos de familia, (ii) intereses en el país, (iii) cuya residencia sea estimada útil o ventajosa, (iv) Estudios, (v) Contrato Laboral, entre otras.


Elaborado por: Magly Magliacane


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miércoles, 30 de agosto de 2017

VENEZUELA. PASO A PASO TRAMITE DEL PASAPORTE.




En virtud a las tantas inquietudes de nuestros clientes sobre este tema, consideramos pertinente elaborar una breve descripción del paso a paso a seguir para el trámite del pasaporte:
1.  Ingresar a la página web www.saime.gob.ve, y ubicar “registro de usuario”, y llenar la siguiente información:
a.   Datos personales: Cédula, Primer Nombre, Primer Apellido, Correo, Correo Alternativo y Teléfono.
b. Preguntas de seguridad: Tres (3) preguntas que sean fácil de recordar con sus respectivas respuestas.
c. Transcribir el código de validación que se presenta en la imagen, sin distinción de mayúsculas y minúsculas.
d.  Marcar link en Registrar.
e.  El sistema le indicará que el registro se realizó exitosamente y enviara a su correo electrónico, el usuario y la clave de acceso.
2.      Ingresar nuevamente a la página web www.saime.gob.ve, y ubicar “iniciar sesión”, colocar en el usuario el correo electrónico y la clave o contraseña.
3.      Una vez ingresado al sistema marcar el link de “pasaporte” y marcar “solicitud de pasaporte en Venezuela”, solicitar asignación de cita, dependiendo de la opción que se requiera (cita personal o para niños).
4.      Llenar los datos personales requeridos.
5.      Cancelar la cantidad que se indique en la moneda actual, con tarjeta de crédito del titular del pasaporte u otra persona.
6.      Una vez cancelado debe revisar el correo e imprimir el voucher de pago.
7.    El usuario recibirá un mensaje de texto que indicará la fecha de la cita y oficina del Saime seleccionada. Se sugiere tambien revisar el correo y el spam constantemente para verificar la asignación de la cita.
8.      El día de la cita deberá llevar copia del voucher impreso por el monto indicado en la moneda actal,  y realizar en la sede del SAIME otro pago, mediante punto de venta.
9.    El funcionario del SAIME procederá al trámite dactiloscópico (recolección de datos, huellas, fotografía y firma).
10. Una vez realizado el pago, se activará una orden de impresión del pasaporte, que posteriormente será entregado en el lapso previsto en el sistema, que normalmente es de 3 a 5 días hábiles.

Notas importantes:
  • El sistema brinda la opción de hacer el seguimiento a su trámite, en donde podrá visualizar el estatus en que se encuentra y la fecha de ejecución:
 No efectuado
Efectuándose
Efectuado satisfactoriamente
Defectuoso (debe ir a la oficina)
  • En el caso de que el sistema te genere el cobro, pero no te envía un mensaje de confirmación ni avance del sistema pasado 1 mes, te sugerimos volver a intentar realizar el trámite, y hacer un reclamo en paralelo por el monto cobrado iniciamente en la sede del SAIME.
  • Los pagos por los servicios deben ser calculados dependiendo de la unidad tributaria que se encuentre vigente en el momento.
  • Adicionalmente se  puede solicitar en línea pasaporte extranjero y las certificaciones de datos, pasaporte y movimientos migratorios.
  • Existen casos de venezolanos cedulados cuya numeración comienza entre 22 millones hasta 29 millones, que algunas veces presentan problemas en el sistema al momento de renovar la cédula, denominado técnicamente Flujo Alterno. Esta situación suele ocurrir por varios motivos entre los cuales se pueden presentar los siguientes:
    • Casos de personas que realizaron su trámite de cedulación por primera vez en las oficinas móviles, en donde se realizó la captación de huellas de un sólo pulgar y no se encuentran incluidos en el sistema. 
    • Que la persona que vaya a renovar la cédula tenga problemas con los dactilares, tales como dermatitis, sudoración excesiva, amputación, desgaste, cicatriz, degeneración o por trabajos que la persona realice con químicos, lo que afecta la calidad de la huella, haciendo que el sistema no la reconozca.
    • Mala captación de la huella por el funcionario.
Estos problemas se solventan con la presentación de la partida de nacimiento en la sede principal, a los fines de buscar la alfabética (ficha), que es el registro de datos que se realiza a una persona que se cédula por primera vez, en cuyos datos se encuenta la primera huella captada, siendo ésta la prueba para que el perito coteje con la huella que se encuentra en el sistema y determine si es la persona quien dice ser, a los fines de proceder a la aprobación del trámite. Cabe acotar que este proceso es manual, por lo que el tiempo de respuesta suele ser tardío.

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viernes, 18 de agosto de 2017

VENEZUELA. TRAMITE DE APOSTILLA Y REQUISITOS.



La Apostilla de La Haya (o simplemente apostilla, también en francés: apostille, "nota" o "anotación") es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito del Derecho Internacional Privado.  

Fue introducido como método alternativo a la legalización por el Convenio de La Haya (también conocido como Convención de La Haya o Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado), de fecha 5 de octubre de 1961. 

Venezuela se encuentra incluido en el presente Convenio, y los requisitos para su trámite son los siguientes:
  • Nombres y Apellidos 
  • Número de Cédula de identidad 
  • Fecha de nacimiento 
  • Dirección de habitación 
  • Número de teléfono local 
  • Número de teléfono celular 
  • Profesión u oficio 
  • País e instituciones que requieren el documento
Recaudos:
  • Copia de la cédula de identidad 
  • Copia simple del documento que se requiere legalizar y apostillar 
  • Poder Autenticado 

Para cualquier información adicional puede realizar consulta por cualquiera de nuestras redes sociales, donde lo atenderán nuestros abogados especializados en las distintas áreas del Derecho.



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