Para la compra - venta de bienes inmuebles entre personas naturales, se requiere lo siguiente: Documento de compra - venta redactado y visado por un abogado, el cual debe ser presentado ante un Registro Inmobiliario, según la ubicación del inmueble, acompañado como mínimo de los recaudos siguientes:
Copia de la Cédula de Identidad de los otorgantes.
Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado, de cada uno de los otorgantes.
Ficha Catastral vigente.
Solvencia del Derecho de Frente.
Solvencia de servicios básicos (Agua, luz, Condominio).
Registro de Vivienda Principal (de ser el caso).
Pagos de los Derechos de Registro e Impuesto Municipal.
Notas:
*Existen otros recaudos dependiendo de la condición del propietario del bien inmueble (personas Jurídicas, sucesiones, entre otros).
** En caso de requerirse condiciones previas a la compra - venta, se elabora documento de opción de compra-venta, visado por abogado y Notariado.
*** Ver y considerar Circular de fecha 16 de diciembre de 2016, mediante el cual el SAREN, establece condiciones especiales.
Para cualquier información adicional puede realizar consulta por cualquiera de nuestras redes sociales, donde lo atenderán nuestros abogados especializados en las distintas áreas del Derecho.
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